El crédito tributario por hijos (Child Tax Credit) es un beneficio federal. Durante años, las familias de Puerto Rico solo podían recibirlo si tenían tres hijos o más. Eso cambió con la Ley del Plan de Rescate Estadounidense (American Rescue Plan): desde el año contributivo 2021, basta con un hijo que cualifique.
Como la mayoría de las familias de la isla no paga contribución federal sobre ingresos, lo que reciben es la parte reembolsable del crédito, llamada crédito tributario adicional por hijos (Additional Child Tax Credit o ACTC). Se reclama con el IRS, no con Hacienda, usando el Formulario 1040-SS. Esta guía usa las instrucciones del 1040-SS de 2025 y los ajustes del IRS para 2026.
Cuánto puedes recibir
| Año | Crédito por hijo | Máximo reembolsable (ACTC) por hijo | Fuente |
|---|---|---|---|
| 2025 | $2,200 | $1,700 | Instrucciones del 1040-SS (2025) |
| 2026 | $2,200 | $1,700 | Rev. Proc. 2025-32 del IRS |
La ley federal de 2025 (One Big Beautiful Bill Act) fijó el crédito en $2,200 por hijo y lo ajusta por inflación desde 2026. Para una familia de Puerto Rico que radica solo el 1040-SS, el número que importa es el máximo reembolsable de $1,700 por hijo. El crédito real puede ser menor, según lo que hayas aportado al Seguro Social y Medicare, como verás más abajo.
Quién puede reclamarlo
Según las instrucciones del 1040-SS de 2025, puedes reclamar el ACTC si:
- Fuiste residente bona fide de Puerto Rico durante el año. Lo explicamos en residentes de Puerto Rico y el IRS.
- Te retuvieron Seguro Social y Medicare de tu salario o pagaste contribución sobre el trabajo por cuenta propia.
- Nadie te puede reclamar como dependiente en una planilla federal.
- Tienes uno o más hijos que cualifican.
- Tú, o tu cónyuge si radican juntos, tienen un número de Seguro Social válido.
Si no fuiste residente bona fide, o si tienes que radicar el Formulario 1040 por otras razones, el crédito se calcula con el Anejo 8812 (Schedule 8812) del 1040 y no con el 1040-SS.
Quién es un hijo que cualifica
Para 2025, el hijo tiene que cumplir todos estos requisitos:
- Ser tu hijo, hija, hijastro, hijo de crianza colocado oficialmente, hermano, hermanastro, medio hermano o descendiente de cualquiera de ellos, como un nieto o un sobrino. Un hijo adoptado se trata como tu propio hijo.
- Ser menor de 17 años al 31 de diciembre del año.
- Ser menor que tú, o estar total y permanentemente incapacitado.
- No haber aportado más de la mitad de su propio sustento.
- Haber vivido contigo más de la mitad del año.
- No radicar una planilla conjunta, salvo que sea solo para pedir un reintegro.
- Ser ciudadano, nacional o residente de Estados Unidos.
El requisito de Seguro Social desde 2025
A partir del año contributivo 2025, las instrucciones del 1040-SS exigen un número de Seguro Social válido, es decir, válido para trabajar y emitido por la Administración del Seguro Social antes de la fecha límite de la planilla, incluidas las prórrogas:
- Para ti. Si radican juntos, basta con que uno de los cónyuges lo tenga. El otro necesita un número de Seguro Social o un ITIN emitido no más tarde de esa fecha.
- Para cada hijo. Si un hijo no tiene el número a tiempo, no puedes usarlo para el crédito de ese año, ni en la planilla original ni en una enmendada.
Si a tu bebé no le han dado el número de Seguro Social, solicítalo cuanto antes en la Administración del Seguro Social (ssa.gov). Sin el número emitido antes de la fecha límite, pierdes el crédito de ese hijo para ese año.
Cómo se calcula en el 1040-SS
La Parte II del 1040-SS calcula el crédito en tres pasos:
- Máximo por hijos. Número de hijos que cualifican × $1,700.
- Límite por ingresos altos. Se calcula tu ingreso bruto ajustado modificado, incluido el ingreso de Puerto Rico. Si pasa de $200,000 ($400,000 en planilla conjunta), el crédito se reduce en 5% del exceso, redondeado al próximo múltiplo de $1,000.
- Límite por aportaciones al Seguro Social. El crédito no puede ser mayor que la suma del Seguro Social y Medicare que te retuvieron, según tus Formularios 499R-2/W-2PR (y los de tu cónyuge si radican juntos), más la mitad de la contribución sobre el trabajo por cuenta propia que calculas en el mismo 1040-SS.
El último paso es el que más pesa en Puerto Rico. Por eso dos familias con el mismo número de hijos pueden recibir cantidades distintas.
Una familia con dos hijos menores de 17 años con número de Seguro Social (cantidades hipotéticas, año 2025). Solo uno de los cónyuges trabaja, con un salario de $38,000 en una empresa de Caguas.
- Máximo por hijos: 2 × $1,700 = $3,400.
- Seguro Social y Medicare retenidos (7.65% de $38,000): $2,907.
- Crédito: el menor de $3,400 y $2,907 = $2,907.
Un barbero por cuenta propia con los mismos dos hijos y una ganancia neta de $30,000.
- Contribución sobre el trabajo por cuenta propia: $30,000 × 92.35% × 15.3% ≈ $4,239.
- Mitad de esa contribución: ≈ $2,119.
- Crédito: el menor de $3,400 y $2,119 ≈ $2,119, que se aplica contra los $4,239 que debe. Le quedan ≈ $2,120 por pagar.
Puedes calcular la contribución por cuenta propia con la calculadora de Seguro Social por cuenta propia.
Otros dependientes. El formulario también suma $500 por cada otro dependiente, como un hijo de 17 años o más, pero solo para calcular el límite por ingresos altos. Ese crédito no se puede recibir en el 1040-SS.
Cómo reclamarlo
- Reúne los documentos: los números de Seguro Social de todos, los Formularios 499R-2/W-2PR y, si trabajas por cuenta propia, tus ingresos y gastos del negocio.
- Radica el 1040-SS. Puedes radicarlo electrónicamente. También existe en español, como 1040-SS (sp). Anota a cada hijo en la Parte I y completa la Parte II. Si radicas en papel, incluye copia de tus 499R-2/W-2PR.
- Escoge depósito directo para el reintegro.
- Radica a tiempo. Para el año 2025, la fecha límite fue el 15 de abril de 2026. Para el año 2026, la regla general es el 15 de abril de 2027.
Cuándo llega el dinero. Según las instrucciones de 2025, los reintegros que incluyen el ACTC no se pueden emitir antes de mediados de febrero, y la espera aplica a todo el reintegro.
Si se te pasó. Puedes radicar un 1040-SS atrasado para reclamar el crédito, pero el IRS tiene un límite de tiempo para conceder reintegros, en general tres años. Si te negaron el crédito en un año anterior por una razón que no fue un error matemático, puede que tengas que incluir el Formulario 8862.
Reclamar el crédito sin tener derecho tiene consecuencias. Si el IRS determina que fue por descuido temerario de las reglas, no podrás reclamarlo por 2 años; si fue fraude, por 10 años, además de penalidades. Desconfía de quien te prometa reintegros grandes por agregar niños que no cumplen los requisitos. Mira estafas contributivas.
Y la planilla de Hacienda
El crédito federal no se reclama en la planilla de Hacienda. Son dos trámites distintos: el 1040-SS con el IRS y la planilla de contribución sobre ingresos con Hacienda. Puerto Rico tiene sus propios créditos, como el crédito por trabajo; lee créditos contributivos y cómo radicar la planilla.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar algo al IRS para recibir el crédito?
No, si eres empleado. Basta con que te hayan retenido Seguro Social y Medicare. Si trabajas por cuenta propia, el mismo 1040-SS calcula tu contribución sobre el trabajo por cuenta propia y el crédito se aplica contra ella.
¿Puedo reclamar si solo recibo ayudas del gobierno y no trabajo?
Para el 1040-SS de un residente bona fide, el crédito está limitado al Seguro Social y Medicare que pagaste. Si no tuviste salario ni ingreso por cuenta propia, no hay crédito que recibir.
¿Puedo reclamar a mi nieto?
Sí, si cumple todos los requisitos: relación familiar, edad, que haya vivido contigo más de la mitad del año, que no se mantenga a sí mismo, que tenga número de Seguro Social válido y que nadie más con mejor derecho lo reclame.
¿Podemos reclamar si mi cónyuge tiene ITIN y yo tengo Seguro Social?
Sí, si radican juntos. Para 2025 basta con que uno de los cónyuges tenga un número de Seguro Social válido y el otro tenga Seguro Social o ITIN emitido a tiempo. Cada hijo necesita su número de Seguro Social válido.
¿Dónde consigo ayuda gratis para radicar el 1040-SS?
Los centros VITA del IRS preparan planillas gratis a personas de ingresos bajos y moderados. Las instrucciones de Hacienda de 2025 dan el número 1-800-906-9887 para localizarlos.
Fuentes
- IRS, "Instructions for Form 1040-SS (2025)". irs.gov
- IRS, "Form 1040-SS (2025)". irs.gov
- IRS, "Revenue Procedure 2025-32: inflation adjustments for 2026". irs.gov
- IRS, "IRS provides guidance for residents of Puerto Rico to claim the Child Tax Credit" (2022). irs.gov
- IRS, "Bona fide residents of the Commonwealth of Puerto Rico: tax credits". irs.gov
- IRS, "Publication 570 (2025)". irs.gov
787TAX es una guía independiente: no es el Departamento de Hacienda, el CRIM ni el IRS. Esta página es informativa y no sustituye la asesoría de un CPA, un especialista en planillas o un abogado. Las cifras de los ejemplos son hipotéticas. ¿Ves un error? Escríbenos.



