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El IVU municipal pasa a SURI con una nueva planilla mensual

Desde el periodo de julio de 2026, los comerciantes en 73 municipios radican y pagan el IVU municipal en SURI con el nuevo Modelo SC 2915, sin planilla aparte.

Dueño de ferretería revisa las ventas del mes en su computadora en el mostrador

El Departamento de Hacienda publicó el 30 de junio de 2026 la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 26-13 (CC RI 26-13). Explica cómo el IVU municipal (la parte de 1% del impuesto sobre ventas y uso que va a los municipios) pasa a radicarse y pagarse en SURI, el sistema de Hacienda. La base legal es la Ley 72-2025, que enmendó la Sección 6080.14 del Código de Rentas Internas de 2011, y un acuerdo entre Hacienda y la Corporación de Financiamiento Municipal (COFIM).

Para el pequeño comerciante, el cambio principal es que en la mayoría de los municipios ya no hay que hacer dos planillas mensuales distintas. Si necesitas repasar lo básico del impuesto, lee la guía del IVU.

Qué cambia y desde cuándo

  • 1 de julio de 2026. Tu cuenta de Ventas y Uso en SURI se divide automáticamente en una cuenta Estatal y una Municipal.
  • 1 de agosto de 2026. La cuenta Municipal se habilita y se publica la planilla del periodo de julio.
  • Periodo de julio de 2026. Es la primera planilla con el nuevo formato. Venció el jueves 20 de agosto de 2026.

La nueva versión del Modelo SC 2915 (Planilla Mensual de IVU y sobre Importaciones) solo se radica de forma electrónica en SURI. Trae tres anejos nuevos: el Anejo 7 (ventas por municipio), el Anejo 8 (uso de inventario y autoconsumo) y el Anejo 9 (reconciliación de ventas de propiedad mueble tangible y exentas a nivel municipal). Para el proceso mensual, mira la planilla mensual de IVU.

Municipios participantes y no participantes

Participantes (73 municipios). Radicas una sola vez en SURI, desde la cuenta Estatal. La carta circular dice que no se radicará una planilla mensual separada ante COFIM ni ante esos municipios, y no hay que enviarles copia.

No participantes (5). Bayamón, Carolina, Guaynabo, Mayagüez y San Juan. SURI no calcula el IVU municipal de esas localidades. Sigues radicando y pagando ese IVU municipal directamente ante el municipio, aunque esas ventas también se informan en la planilla de SURI para fines estatales.

Si abres una localidad nueva, primero tienes que añadirla a tu Registro de Comerciante desde la cuenta Estatal en SURI. Si no está registrada, no podrás informar sus ventas. Ve el Registro de Comerciantes.

Cómo se paga

  • Los pagos del IVU estatal y del municipal se hacen por separado y solo de forma electrónica en SURI. No se aceptan pagos presenciales en Hacienda ni en los municipios participantes.
  • El IVU municipal aparece como una sola deuda (línea 14(e) de la planilla). No puedes escoger a qué municipio pagarle.
  • Un pago parcial se reparte proporcionalmente entre los municipios.
  • Los balances sin pagar generan intereses, recargos y penalidades, y pueden aparecer en tu certificación de deuda (Modelo SC 6096). Lee sobre intereses y recargos y certificaciones de Hacienda.

Periodos anteriores a julio de 2026

Las planillas, enmiendas, créditos y ajustes del IVU municipal de junio de 2026 o antes se siguen atendiendo con COFIM o con el municipio. SURI no los recibe, y Hacienda indica que no tiene autoridad para reconocer créditos del IVU municipal.

Preguntas frecuentes

¿Qué hago si tengo tiendas en Ponce y en San Juan?

La carta circular trae ese ejemplo. Radicas en SURI una planilla que incluye ambas localidades, pagas en SURI el IVU municipal de Ponce y pagas el IVU municipal de San Juan directamente al Municipio de San Juan.

¿Puedo usar mi plantilla de importación de siempre?

Puedes usar la plantilla de importación de datos ("Return Template"), pero Hacienda advierte que debe ser la versión más reciente. Las versiones anteriores pueden causar errores.

¿A quién llamo si tengo dudas?

Hacienda indica que puedes enviar un mensaje desde SURI o llamar al (787) 622-0123. Para asuntos de pagos, el (787) 620-2323, opción 2. Más vías en cómo contactar a Hacienda.

¿Cambió la patente municipal?

No. La CC RI 26-13 trata solo del IVU municipal. La patente sigue su propio proceso ante cada municipio; mira la patente municipal.

Fuentes

  1. Departamento de Hacienda, "Carta Circular de Rentas Internas Núm. 26-13 (CC RI 26-13)". hacienda.pr.gov
  2. Departamento de Hacienda, "CC RI 26-13: Integración del IVU Municipal en SURI y nueva Planilla Mensual de IVU" (PDF). hacienda.pr.gov
  3. Departamento de Hacienda, "Planilla Mensual de Impuesto sobre Ventas y Uso y sobre Importaciones (julio 2026 en adelante)". hacienda.pr.gov

787TAX es una guía independiente: no es el Departamento de Hacienda, el CRIM ni el IRS. Esta página es informativa y no sustituye la asesoría de un CPA, un especialista en planillas o un abogado. Las cifras de los ejemplos son hipotéticas. ¿Ves un error? Escríbenos.

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